Artículo 24. Uniforme de interior de acuartelamiento.
Artículo 24 de la Orden PCM/208/2023, de 2 de marzo, por la que se aprueban las normas de uniformidad de la Guardia Civil. · BOE-A-2023-5703
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-24.
Texto consolidado
1. Sin perjuicio de lo recogido en el artículo anterior, podrá hacerse uso del uniforme de interior de acuartelamiento en aquellas funciones del Cuerpo de carácter administrativo, burocrático o docente, siempre que no se ordene otro diferente o se preste servicio en especialidades con uniformidad específica.
2. La falda será de uso opcional para el personal femenino.
3. Las divisas de los uniformes de interior de acuartelamiento serán visibles en la prenda más exterior.