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Ley Orgánica Vigente 2 redacciones

Artículo 24. Otras excepciones a los derechos de los afectados.

Artículo 24 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. · BOE-A-1999-23750

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-04.

Texto consolidado

1. Lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 5 no será aplicable a la recogida de datos cuando la información al afectado impida o dificulte gravemente el cumplimiento de las funciones de control y verificación de las Administraciones públicas o cuando afecte a la Defensa Nacional, a la seguridad pública o a la persecución de infracciones penales o administrativas.

Téngase en cuenta que se declara la inconstitucionalidad y nulidad de los incisos destacados del apartado 1 por Sentencia del TC 292/2000, de 30 de noviembre. Ref. BOE-T-2001-332

2. (Anulado)

Se declara la inconstitucionalidad y nulidad de los incisos destacados del apartado 1 y todo el apartado 2 por Sentencia del TC 292/2000, de 30 de noviembre. Ref. BOE-T-2001-332

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-01-04.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2001-332.

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