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Ley Vigente

Artículo 24. Escalas y categorías.

Artículo 24 de la Ley 9/2022, de 27 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales de Cantabria. · BOE-A-2023-3295

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-05.

Texto consolidado

1. Los Cuerpos de Policía Local se estructurarán en las siguientes escalas y categorías:

a) Escala Superior o de Mando, que comprende las categorías de comisario/a, Subcomisario/a e intendente.

b) Escala Ejecutiva, que comprende las categorías de inspector/a y subinspector/a.

c) Escala Básica, que comprende las categorías de oficial y policía.

2. Corresponden a las escalas de los Cuerpos de Policía Local, los siguientes grupos:

a) A la Escala Superior o de Mando:

En el Grupo A, Subgrupo A1: Comisario/a y Subcomisario/a.

En el Grupo A, Subgrupo A2: Intendente.

b) A la Escala Ejecutiva:

En el Grupo A, Subgrupo A2: Inspector/a.

En el Grupo B: Subinspector/a.

c) A la Escala Básica:

En el Grupo C, Subgrupo C1: Oficial y policía.

3. Entre las distintas categorías existirá relación de jerarquía de mayor a menor, según el orden enunciado en el apartado 1 anterior.

4. El acceso para cada una de las escalas exigirá estar en posesión de la titulación requerida para los subgrupos correspondientes por la vigente legislación sobre función pública.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-01-05.

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