Artículo 24. Limitaciones de derechos.
Artículo 24 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres. · BOE-A-2003-21941
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-11-13.
Texto consolidado
Las restricciones y limitaciones establecidas con carácter general por esta Ley para la protección de las especies de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats no generarán indemnizaciones públicas para los afectados.