Artículo 24. Cese de la actividad.
Artículo 24 de la Ley 6/2017, de 8 de mayo, de Protección del Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2017-5831
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-01.
Texto consolidado
El titular deberá comunicar al órgano competente el cese de la actividad en el plazo de un mes desde que se produzca.