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Ley Vigente

Artículo 24. Retribuciones de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas.

Artículo 24 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003. · BOE-A-2002-25411

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.

Texto consolidado

Las retribuciones para el año 2003 de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de las que pudieran corresponderles por el concepto de antigüedad, se fijan en las siguientes cuantías:

Uno. Consejo General del Poder Judicial.

1. Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

27.908,58

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

102.347,64

Total

130.256,22

2. Vocal del Consejo General del Poder Judicial:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

27.908,58

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

83.143,32

Total

111.051,90

3. Secretario general del Consejo General del Poder Judicial:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

26.439,98

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

80.854,44

Total

107.294,42

Dos. Tribunal Constitucional.

1. Presidente del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

43.715,42

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

86.540,76

Total

130.256,18

2. Vicepresidente del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

43.715,42

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

79.247,04

Total

122.962,46

3. Presidente de Sección del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

43.715,42

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

73.657,92

Total

117.373,34

4. Magistrado del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

43.715,42

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

68.068,92

Total

111.784,34

5. Secretario general del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

34.122,62

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

60.433,80

Total

94.556,42

Tres. Tribunal de Cuentas:

1. Presidente del Tribunal de Cuentas:

Euros

Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales

111.051,78

2. Presidente de Sección del Tribunal de Cuentas:

Euros

Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales

111.051,78

3. Consejero de Cuentas del Tribunal de Cuentas:

Euros

Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales

111.051,78

4. Secretario general del Tribunal de Cuentas:

Euros

Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales

94.556,42

Cuatro. Retribuciones por el concepto de antigüedad.–Además de las cantidades derivadas de lo dispuesto en los párrafos anteriores dichos Altos Cargos percibirán, en su caso, las retribuciones fijadas en los Acuerdos aprobados por el propio Órgano en materia de adecuación por el concepto de antigüedad, y si hubieran tenido la condición previa de funcionarios públicos, con independencia de su situación de actividad, jubilación o retiro como funcionarios, tendrán derecho a seguir perfeccionando los trienios reconocidos bajo dicha condición según la normativa en cada caso aplicable y a percibir, en 14 mensualidades, la diferencia resultante por este concepto cuando la cuantía derivada de dicha normativa fuera superior a la aprobada en los referidos Acuerdos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-01-01.

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