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Ley Derogada

Artículo 24. Seguridad.

Artículo 24 de la Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa. · BOE-A-2014-12334

Atención: Ley 5/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. En materia de seguridad de la información será de aplicación lo previsto en la normativa básica de seguridad y en la que se establezca en desarrollo de la anterior teniendo en cuenta los principios básicos y requisitos que permitan una protección adecuada de la misma.

2. Cuando afecte a datos de carácter personal le será de aplicación lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normativa de desarrollo.

3. Se establecerán medidas que garantizarán la integridad, autenticidad, confidencialidad, disponibilidad, trazabilidad, calidad, protección, recuperación y conservación física y lógica de los documentos electrónicos, sus soportes y medios, y se realizarán atendiendo a los riesgos a los que puedan estar expuestos y a los plazos durante los cuales deban conservarse los documentos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-10-23.

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