Artículo 24. Revisión y modificación del Mapa Farmacéutico.
Artículo 24 de la Ley 4/2005, de 13 de julio, de ordenación farmacéutica de Canarias. · BOE-A-2005-14261
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-23.
Texto consolidado
1. El Mapa Farmacéutico de Canarias será revisado cada cinco años. Excepcionalmente, podrá ser modificado cuando circunstancias de carácter extraordinario lo justifiquen.
2. Las revisiones y modificaciones quedan sujetas a lo señalado para su aprobación.