El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 24. Consejo Valenciano del Voluntariado.

Artículo 24 de la Ley 4/2001, de 19 de junio, del Voluntariado. · BOE-A-2001-13536

Atención: Ley 4/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se crea, como órgano de participación y consulta, el Consejo Valenciano del Voluntariado.

Este Consejo se dotará de un reglamento interno, que garantizará los criterios de representatividad sectorial y territorial de las entidades que desarrollan programas de voluntariado. Los miembros del Consejo en representación de las entidades de voluntariado, serán elegidos democráticamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-06-22.

Más artículos de Ley 4/2001

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.