Artículo 24. Del voluntariado.
Artículo 24 de la Ley 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia. · BOE-A-2011-13120
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-13.
Texto consolidado
Las administraciones públicas promoverán la participación de las personas mayores en las entidades de voluntariado, particularmente en aquellas que contribuyan a la solidaridad intergeneracional y al intercambio y aportación de sus conocimientos, experiencias y tradiciones.