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Ley Vigente

Artículo 24. Elección y toma de posesión de los académicos de número.

Artículo 24 de la Ley 2/2005, de 11 de marzo, de Academias de la Región de Murcia. · BOE-A-2006-8720

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-04-22.

Texto consolidado

1. Una vez elegido un académico de número por el Pleno o Junta General de la Academia, el Presidente o Director de la Academia comunicará dicha elección a la Consejería competente en materia de educación y cultura.

2. La toma de posesión del nuevo académico de número se hará efectiva tras la lectura del discurso de ingreso, siguiendo el procedimiento estatutariamente establecido.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-04-22.

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