Artículo 24. Definición.
Artículo 24 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias. · BOE-A-2007-11752
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-09.
Texto consolidado
Son usuarios de los transportes por carretera aquellos que utilicen o demanden cualquier medio de transporte público por carretera o soliciten los servicios de las empresas dedicadas a las actividades complementarias y auxiliares.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-20902.