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Ley Derogada

Artículo 24. La vivienda como base de la emancipación.

Artículo 24 de la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud. · BOE-A-2006-16336

Atención: Ley 10/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears tiene que facilitar los procesos de autonomía personal de la juventud y, de forma complementaria a la actuación en el ámbito de la formación y la ocupación, tiene que desarrollar una política activa para facilitar el acceso de la juventud a una vivienda digna.

2. A los efectos de lo que establece el artículo 3.1 de esta ley, en los programas y planes de vivienda dirigidos a facilitar el acceso a la juventud de las Illes Balears, tienen esta consideración las personas que no superen los 35 años.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-10-04.

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