Artículo 24. Principios y reglas de programación presupuestaria.
Artículo 24 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones. · BOE-A-2015-1952
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-12.
Texto consolidado
1. La programación presupuestaria de la Generalitat se regirá por los principios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera, plurianualidad, transparencia, eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, responsabilidad y lealtad institucional.
En todo caso, la Generalitat, en el ejercicio de sus competencias financieras, velará por el equilibrio territorial dentro de la Comunitat y por la realización interna del principio de solidaridad.
2. Las disposiciones legales y reglamentarias, en su fase de elaboración y aprobación, los actos administrativos, los contratos y los convenios de colaboración y, en general cualquier actuación o decisión que afecte a los gastos o ingresos públicos presentes o futuros, adoptadas en el ámbito del sector público de la Generalitat valorarán, con carácter previo, sus repercusiones y efectos, y se supeditarán de forma estricta al cumplimiento de las exigencias de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y a los escenarios presupuestarios plurianuales.