Artículo 24. Concepto.
Artículo 24 de la Ley 1/2015, de 12 de febrero, del Servicio Regional de Mediación Social y Familiar de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-6875
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-15.
Texto consolidado
La mediación para la búsqueda de orígenes de personas adoptadas consistirá en un servicio especializado dirigido a ayudar a las personas adoptadas, o a sus padres o tutores si fueran menores, para facilitar el eventual encuentro o relaciones posteriores con su familia de origen, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.