El Vínculo El Vínculo.
Decreto-ley Vigente

Artículo 24. Entidades beneficiarias y requisitos.

Artículo 24 del Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social. · BOE-A-2020-8751

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-04.

Texto consolidado

Las entidades beneficiarias de la ayuda económica para la adquisición de materiales de protección individual y realización de las actividades de ocio educativo son las entidades que acrediten el cumplimiento de los requisitos siguientes:

a) Que sean empresas o entidades sin ánimo de lucro.

b) Que organicen actividades de verano en el ámbito del ocio educativo incluidas en el Decreto 267/2016 de actividades de ocio, como colonias, casales, campos de trabajo y rutas. Quedan excluidos de esta ayuda los centros y campus enmarcados en el ámbito deportivo (clubes, federaciones deportivas).

c) Que las actividades objeto de la ayuda organizadoras cumplen las medidas de protección, prevención e higiene establecidas por las autoridades sanitarias y las acordadas en los ámbitos correspondientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-06-04.

Más artículos de Decreto-ley 21/2020

En El Vínculo puedes leer Decreto-ley 21/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.