Artículo 23. Cuantía.
Artículo 23 del Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social. · BOE-A-2020-8751
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-04.
Texto consolidado
La cantidad a otorgar para cada persona solicitante se hará en función de las necesidades de cada organismo y según los criterios de priorización que se regulen en la resolución de convocatoria.