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Ley Vigente

Artículo 239. Responsables.

Artículo 239 de la Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales. · BOE-A-2020-443

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-30.

Texto consolidado

La responsabilidad administrativa por las infracciones cometidas en la prestación de los servicios de transporte corresponde:

a) Al responsable de la prestación del servicio, cuando la actividad haya sido comunicada, y, subsidiariamente, al armador, al naviero y al capitán de la embarcación.

b) Al armador, al naviero y al capitán de la embarcación, si se trata de infracciones tipificadas por la presente ley sin haber efectuado la comunicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-03-30.

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