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Ley Vigente

Artículo 235-17. Medidas cautelares en el juicio de filiación.

Artículo 235-17 de la Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia. · BOE-A-2010-13312

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.

Texto consolidado

Mientras dura el procedimiento de reclamación o de impugnación de la filiación, la autoridad judicial puede adoptar las medidas de protección convenientes sobre la persona y los bienes del hijo menor o incapacitado e, incluso, en caso de reclamación, puede acordar alimentos provisionales a favor del hijo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-01-01.

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