Artículo 233. Declaración de área de regularización urbanística.
Artículo 233 de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja. · BOE-A-2006-9008
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-04.
Texto consolidado
La declaración de área de regularización urbanística corresponde a la Consejería competente en materia de urbanismo. El acuerdo deberá publicarse en el «Boletín Oficial de La Rioja».