Artículo 23. Ámbito de aplicación.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-13.
Texto consolidado
1. Atendiendo a los efectos especialmente adversos de la DANA en materia de producciones agrarias e infraestructuras de producción agraria, se declaran dentro del ámbito de aplicación de las medidas contempladas en este título los municipios recogidos en el ámbito territorial previsto en el artículo 1 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre.
2. Las medidas contempladas en los artículos 24, 27 y 28 de este título será además de aplicación a los municipios que figuran en el anexo de este real decreto-ley.
Más artículos de Real Decreto-ley 7/2024
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- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.