Artículo 23. Medidas de apoyo al sector agrario a través del Seguro Agrario.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-27.
Texto consolidado
1. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios O.A. (ENESA), incrementará la dotación presupuestaria necesaria para aumentar la subvención base en los seguros agrarios en 10 puntos porcentuales. La ayuda será de aplicación para todas aquellas líneas que inicien su contratación entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2023, con las condiciones que se establezcan al efecto en los correspondientes Planes. Para ello será necesario proceder a la modificación del vigente Plan de seguros agrarios.
2. El importe máximo derivado de las ayudas anteriores, ascenderá a 60.000,00 miles de euros.
Más artículos de Real Decreto-ley 11/2022
- ← Artículo 22. Ampliación de la línea de financiación establecida en el artículo 7 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 d…
- → Artículo 24. Financiación de las medidas de apoyo al sector agrario.
- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.