Artículo 23. Desarrollo de las sesiones del Consejo de Personal.
Artículo 23 del Real Decreto 910/2012, de 8 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2012-7755
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-06-12.
Texto consolidado
En el desarrollo de las sesiones sus miembros podrán:
a) Participar en los debates de las sesiones y formular, en su caso, reparos a la posición común planteada por el presidente.
b) Formular ruegos y preguntas.
c) Ejercer otras funciones que sean inherentes a su condición.