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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 23. Régimen aplicable.

Artículo 23 del Real Decreto 706/1999, de 30 de abril, de adaptación del Instituto de Crédito Oficial a la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y de aprobación de sus Estatutos. · BOE-A-1999-10738

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-02.

Texto consolidado

1. El Instituto de Crédito Oficial ajustará su actividad contractual al Derecho privado, de conformidad con el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

2. En todo caso, el Instituto de Crédito Oficial ajustará su actividad contractual a los principios de publicidad y concurrencia, salvo que la naturaleza de la operación a realizar sea incompatible con dichos principios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-02.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-1.

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