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Real Decreto Derogada

Artículo 23. Remisión al centro o servicio específico.

Artículo 23 del Real Decreto 515/2005, de 6 de mayo, por el que se establecen las circunstancias de ejecución de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad y de localización permanente, de determinadas medidas de seguridad, así como de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad. · BOE-A-2005-7426

Atención: Real Decreto 515/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Una vez recibida la resolución del juzgado de vigilancia penitenciaria que apruebe el plan de intervención, seguimiento y liquidación de la medida, los servicios sociales penitenciarios efectuarán la remisión del caso al servicio o centro correspondiente para que el penado inicie o continúe el tratamiento o programa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-05-08.

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