Artículo 23. De las asambleas generales extraordinarias.
Artículo 23 del Real Decreto 3306/1978, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de los Colegios Profesionales de Delineantes. · BOE-A-1979-3121
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-02-22.
Texto consolidado
La asamblea general se reunirá con carácter extraordinario, previa convocatoria de su Decano, bien por propia iniciativa, por acuerdo de la Junta de Gobierno o a petición del número de Colegiados que se determine en el Reglamento de Régimen Interior del Colegio.