Artículo 23. Plazo de ejecución de la medida.
Artículo 23 del Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español. · BOE-A-2009-3428
Atención: Real Decreto 244/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El plazo de ejecución de cada medida será como máximo de 5 años y en ningún caso la finalización de la medida será posterior al 31 de julio de 2013.