Artículo 23. Derecho del alumnado a una evaluación objetiva.
Artículo 23 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria. · BOE-A-2022-3296
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-03.
Texto consolidado
Las administraciones educativas garantizarán el derecho del alumnado a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad, para lo que establecerán los oportunos procedimientos, que, en todo caso, atenderán a las características de la evaluación dispuestas en la legislación vigente y, en particular, al carácter global, continuo y formativo de la evaluación en esta etapa.