Artículo 23. Desglose de la información.
Atención: Real Decreto 1464/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La información a la que hace referencia el artículo anterior distinguirá entre:
1. Posiciones que, de modo objetivamente mensurable, pueden reducir los riesgos directamente relacionados con actividades comerciales, de conformidad con lo previsto en la normativa de desarrollo del Derecho de la Unión Europea; y
2. otras posiciones.
Más artículos de Real Decreto 1464/2018
- ← Artículo 22. Obligaciones de información de los gestores de centros de negociación.
- → Artículo 24. Obligaciones de información de las empresas de servicios de inversión que negocien derivados al margen d…
- Ver la norma completa: Real Decreto 1464/2018, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre y el Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del Derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de mercado de valores, y por el que se modifican parcialmente el Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifican parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, y otros reales decretos en materia de mercado de valores.