Artículo 23. Solicitudes.
Artículo 23 del Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil. · BOE-A-2018-3764
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-06.
Texto consolidado
Las instancias para participar en los procesos selectivos se formularán en los impresos que se determinen o por vía telemática y, en su caso, con los sistemas de abono de derechos de examen que se establezcan en las convocatorias correspondientes.
Salvo que la propia convocatoria establezca otro plazo, deberán presentarse en el de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.
En la propia convocatoria se determinará la dirección de la sede electrónica, formato o modelo a emplear e instrucciones complementarias que permita la identificación, presentación de solicitudes y publicación de información adicional que se requiera por vía telemática.
Cuando el interesado opte a más de un proceso selectivo para el acceso a la enseñanza de formación, entre los que se convoquen para la provisión anual de plazas, en la instancia figurará el orden de preferencia en dichos procesos.