El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 23. Publicidad.

Artículo 23 del Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico. · BOE-A-2015-12052

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-08.

Texto consolidado

Las subvenciones convocadas o concedidas a partir de 1 de enero de 2016, al amparo del presente real decreto, les será de aplicación lo previsto en los artículos 18 y 20 de la vigente Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en materia de publicidad y transparencia.

Asimismo, los beneficiarios deberán dar publicidad de las subvenciones y ayudas percibidas en los términos y condiciones establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Por otra parte, se atenderá lo dispuesto en las normas establecidas en materia de información y publicidad, detalladas en el anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) 808/2014, de la Comisión, al ser una actuación cofinanciada por el FEADER.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-11-08.

Más artículos de Real Decreto 1010/2015

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1010/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.