Artículo 23. Límite en el ejercicio de cargos directivos.
Artículo 23 de la Orden SCB/801/2019, de 11 de julio, por la que se publica el texto refundido de los Estatutos de Cruz Roja Española. · BOE-A-2019-10964
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-07-27.
Texto consolidado
El Presidente de Cruz Roja Española, así como los Presidentes de los Comités autonómicos, provinciales y locales ejercerán sus cargos por un periodo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos en los mismos cargos hasta un máximo de tres periodos consecutivos.