Artículo 23. Faltas disciplinarias.
Artículo 23 de la Orden APM/1265/2017, de 13 de diciembre, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida "Carne de Ávila". · BOE-A-2017-15344
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-23.
Texto consolidado
Las faltas disciplinarias susceptibles de ser sancionadas se clasifican en leves, graves y muy graves.