Artículo 23. Registro de asociaciones de consumidores.
Artículo 23 de la Ley Foral 7/2006, de 20 de junio, de Defensa de los Consumidores y Usuarios. · BOE-A-2006-13098
Atención: Ley Foral 7/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para el ejercicio de los derechos reconocidos en esta Ley Foral, las asociaciones de consumidores deberán figurar inscritas en el Registro que reglamentariamente se cree al efecto.