Artículo 23.
Artículo 23 de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del vascuence. · BOE-A-1987-1257
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-18.
Texto consolidado
Los planes oficiales de estudio considerarán el vascuence como patrimonio cultural de Navarra y se adaptarán a los objetivos de esta Ley Foral.