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Ley Foral Vigente

Artículo 22.

Artículo 22 de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del vascuence. · BOE-A-1987-1257

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-18.

Texto consolidado

Las Administraciones Públicas proporcionarán los medios personales, técnicos y materiales precisos para hacer efectivo lo dispuesto en los artículos anteriores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-12-18.

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