Artículo 23.
Artículo 23 de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. · BOE-A-1993-2875
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-02-22.
Texto consolidado
El personal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea tendrá derecho a las compensaciones económicas establecidas con carácter general para los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra por su participación en los tribunales de selección de personal.
El personal que forme parte de las Comisiones de Evaluación previstas en el sistema de carrera profesional percibirá la compensación económica prevista para los miembros de los tribunales de selección de personal, siempre que su actuación tenga lugar fuera de su jornada laboral ordinaria.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2003-5699.