Artículo 23.
Artículo 23 de la Ley 8/1984, de 3 de julio, de Reforma Agraria. · BOE-A-1984-18049
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-07-26.
Texto consolidado
Cuando el Decreto de Actuación Comarcal de Reforma Agraria incluya en sus planes de mejora repoblaciones y otras actuaciones forestales del mismo carácter, se observarán los requisitos establecidos para estos casos en las leyes generales del Estado en la materia, o en el desarrollo legislativo de la Comunidad Autónoma, según el respectivo ámbito de competencias, en materia de montes, aprovechamientos forestales y conservación de la naturaleza.