Artículo 23. El director o directora gerente de la Agencia de Protección de la Salud.
Artículo 23 de la Ley 7/2003, de 25 de abril, de Protección de la Salud. · BOE-A-2003-10531
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-28.
Texto consolidado
1. El director o directora gerente de la Agencia de Protección de la Salud asume su dirección y su gestión ordinaria, de acuerdo con los criterios de actuación fijados por el Consejo Rector ; ejerce la representación del Consejo Rector en relación con la ejecución de los acuerdos adoptados, y se responsabiliza del cumplimiento del contrato de relaciones con el Servicio Catalán de la Salud.
2. El director o directora gerente es nombrado por el Gobierno, por un período de cuatro años renovables, a propuesta del consejero o consejera de Sanidad y Seguridad Social, habiendo oído al Consejo Rector.
3. El director o directora gerente está sometido al régimen de incompatibilidades establecido por la normativa general.