Artículo 23. Convenios y acuerdos de cooperación.
Artículo 23 de la Ley 6/2005, de 15 de junio, de la Comunidad Riojana en el Exterior. · BOE-A-2005-12753
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-22.
Texto consolidado
La Comunidad Autónoma de La Rioja podrá establecer convenios y acuerdos de cooperación con la Administración General del Estado y con otras Comunidades Autónomas, conforme a lo previsto en el artículo catorce del Estatuto de Autonomía de La Rioja, como instrumento para asesorar y asistir a los miembros de la Comunidad Riojana en el Exterior.