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Ley Derogada

Artículo 23. Reintegro de la prestación.

Artículo 23 de la Ley 5/2016, de 13 de abril, de la renta social garantizada. · BOE-A-2016-4178

Atención: Ley 5/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las personas destinatarias, por iniciativa propia o por requerimiento de la administración, tienen que reintegrar las cuantías recibidas por error o percibidas indebidamente cuando se produzcan algunas de las causas de extinción o suspensión de la prestación, por modificación de la prestación o cualquier otra causa admitida en derecho, de acuerdo con el artículo 40 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y con el artículo 77 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-05-14.

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