Artículo 23. Quórum.
Artículo 23 de la Ley 5/2008, de 19 de diciembre, de creación del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo. · BOE-A-2009-1173
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-31.
Texto consolidado
El Presidente podrá considerar válidamente constituido el órgano, a efectos de celebración de sesión, si están presentes al menos la mitad de los vocales componentes del Pleno, requiriendo la presencia de un tercio de los representantes de cada uno de los grupos componentes de este órgano tripartito y paritario.