Artículo 23.
Artículo 23 de la Ley 4/1994, de 24 de mayo, de Archivos y Patrimonio Documental de La Rioja. · BOE-A-1994-13807
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-06-17.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Autónoma estará obligada a:
a) Conservar y defender el Patrimonio Documental de La Rioja, sin perjuicio de la colaboración exigible a otras administraciones públicas y a las personas privadas que sean propietarias o custodien parte de ese patrimonio documental.
b) Velar para que los propietarios, conservadores y usuarios de los archivos y documentos constitutivos del Patrimonio Documental de La Rioja cumplan las obligaciones de la Ley y soporten las consecuencias de su incumplimiento.