Artículo 23. Distintas modalidades de Vivienda de Protección Pública.
Artículo 23 de la Ley 3/2001, de 26 de abril, de la Calidad, Promoción y Acceso a la Vivienda de Extremadura. · BOE-A-2001-12265
Atención: Ley 3/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Sin perjuicio de las nuevas figuras que pudieran aparecer, son de Protección Pública las siguientes actuaciones:
Viviendas de protección oficial, promovidas de forma pública o privada.
Viviendas de promoción pública.
Viviendas autopromovidas.
Rehabilitación y reforma de viviendas.
Adquisición protegida de viviendas usadas.
Viviendas acogidas a la Ley de Fomento de la Vivienda de Extremadura.