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Ley Vigente

Artículo 23. Gerente comarcal.

Artículo 23 de la Ley 26/2002, de 26 de noviembre, de Creación de la Comarca de Cinco Villas. · BOE-A-2002-24536

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-30.

Texto consolidado

Si las necesidades funcionales de la comarca lo aconsejan, podrá crearse un puesto de trabajo denominado Gerente, al que corresponderá la gestión técnica y ejecutiva, así como el impulso de los servicios de la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-11-30.

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