Artículo 23. La integración del principio de igualdad entre mujeres y hombres en el deporte.
Artículo 23 de la Ley 2/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género. · BOE-A-2011-7887
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-07.
Texto consolidado
1. La Administración del Principado de Asturias, dentro de sus competencias y en coordinación con el resto de Administraciones y organismos competentes, promoverá la práctica del deporte por parte de las mujeres y combatirá la discriminación por razón de sexo en este ámbito.
2. Asimismo, junto a las federaciones, asociaciones y demás entidades deportivas de esta Comunidad Autónoma, se promoverá la difusión de los eventos deportivos femeninos y se velará por el respeto al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la celebración de pruebas y en la convocatoria de premios de carácter deportivo.
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