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Ley Vigente

Artículo 23. Datos personales especialmente protegidos.

Artículo 23 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. · BOE-A-2015-470

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-30.

Texto consolidado

Las solicitudes de acceso a la información pública deben ser denegadas si la información que se desea obtener contiene datos personales especialmente protegidos, como los relativos a la ideología, la afiliación sindical, la religión, las creencias, el origen racial, la salud y la vida sexual, así como los relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas que no conlleven la amonestación pública al infractor, salvo que el afectado lo consienta expresamente mediante un escrito que debe acompañar la solicitud.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-30.

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