Artículo 23. Régimen de prestación de los servicios regulares.
Artículo 23 de la Ley 14/2005, de 29 de diciembre, de ordenación del transporte de personas por carretera en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2006-3158
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.
Texto consolidado
1. La prestación de los servicios regulares de transporte urbano de personas viajeras se realizará con carácter general en régimen de concesión administrativa.
2. No obstante lo previsto en el apartado anterior, cuando existan motivos que lo justifiquen, la Entidad Local competente podrá decidir que la explotación se lleve a cabo a través de cualquiera de las restantes formas de gestión de servicios públicos previstos en la legislación vigente.