El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 23. Prestaciones garantizadas y condicionadas.

Artículo 23 de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2023-13538

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-11.

Texto consolidado

1. Son prestaciones garantizadas las que así se señalan de manera expresa en esta ley o en otras de carácter sectorial.

2. Las prestaciones garantizadas constituyen un derecho subjetivo del usuario o beneficiario en los términos y con los requisitos establecidos para su concesión. El Gobierno de la Comunidad de Madrid garantizará su provisión adecuada y suficiente en el Proyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

3. Son prestaciones condicionadas las que están sujetas para su concesión a la disponibilidad de recursos y a los criterios de prioridad en la asignación que objetivamente se establezcan y de acuerdo con el principio de igualdad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-01-11.

Más artículos de Ley 12/2022

En El Vínculo puedes leer Ley 12/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.