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Ley Vigente

Artículo 23. Código de Buenas Prácticas y Memoria.

Artículo 23 de la Ley 12/2015, de 30 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4789

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-26.

Texto consolidado

1. Las cámaras deberán elaborar un Código de Buenas Prácticas, que aprobará el Pleno, que garantice la imparcialidad y transparencia en el desarrollo de sus funciones público-administrativas y del que se dará traslado al centro directivo competente en materia de cámaras. Este Código de Buenas Prácticas se deberá publicar en la página web de la cámara.

2. En cada ejercicio, las cámaras elaborarán una memoria que recoja la globalidad de las actividades y servicios desarrollados durante el ejercicio anterior y que, previa aprobación por el pleno de la cámara, se remitirá al centro directivo competente en materia de cámaras antes de que finalice el primer semestre del ejercicio corriente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-26.

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